El día de hoy se publicó la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 y su Anexo 1 en el Diario Oficial de la Federación.
Entre los puntos importantes que trae consigo esta resolución, se encuentran el período vacacional que tendrá el SAT, el cual será del 20 al 31 de Julio, sin embargo, dicho período de vacaciones solo aplica para las áreas de devoluciones y las que ejercen facultades de comprobación. La publicación la podrás encontrar a continuación: