Preguntas, respuestas y fundamentación sobre la retención del 6% del IVA

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su portal de internet da a conocer una serie de preguntas con su respectiva respuesta y fundamento legal sobre el artículo 1-A, fracción IV, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).

La fracción IV de este artículo (1-A LIVA) habla del supuesto que las personas morales o físicas con actividades empresariales  que reciban servicios a través de los cuales se pongan a disposición del contratante o de una parte relacionada de éste, personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante o de una parte relacionada de éste, o incluso fuera de éstas, estén o no bajo la dirección, supervisión, coordinación o dependencia del contratante, independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual, se hará una retención por el 6% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.

Las preguntas publicadas por el SAT las podrás ver a continuación:

Tags: