01 de Abril de 2016. El día de hoy, el Servicio de Administración Tributaria ha publicado la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2016, al igual que para los anexos 1-A, 23 y 27.
Dentro de los cambios señalados, uno de los más importantes es la 2.8.1.19. la cual contienen la facilidad de que aquellas personas físicas cuyos ingresos acumulables no rebasen los 4 millones de pesos y utilicen la aplicación "Mis cuentas", no estarán obligadas del envío de la contabilidad electrónica.
Así mismo, esta facilidad también aplica para las Asociaciones Religiosas, sin embargo, estas no están limitadas en cuanto a sus ingresos acumulables por lo que solo basta con que hagan uso de "Mis cuentas".
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