02 de Julio de 2015. El día de hoy 2 de Julio 2015 sale en el DOF la información, donde las principales novedades son las siguientes:
01 de Julio de 2015. El Gobierno del estado y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de Servicio de Administración Tributaria, dieron a conocer el arranque en Nuevo León del programa "Crezcamos Juntos, Afíliate".
01 de Julio de 2015. La disposición en materia de IVA que se publicó en el Portal del SAT no habla de un nuevo impuesto, sino de una regla que emitió la autoridad para dar claridad a un artículo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado que está vigente desde hace más de 15 años.
Dentro de las nuevas modificaciones al anteproyecto resaltan la adición de las reglas 2.20.4 y 2.20.5 relacionadas con la presentación de la Declaración Informativa de Situación Fiscal, donde la primera regla brinda la facilidad para aquellos contribuyentes residentes en México con operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero a no presentar esta Declaración Informativa siempre y cuando sus operaciones en el ejercicio fiscal sean inferiores a $30,000,000.00 y la segunda regla menciona la información que deben incluir los contribuyentes que estén en el supuesto de si presentar la Declaración Informativa por las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.
Se adjunta archivo publicado en la página del SAT.
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/M_3RMRMF_16062015.pdf
CJF Asesores.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que este 16 de junio, se incluyeron a la lista pública de incumplidos 1,884 contribuyentes exceptuados de la reserva fiscal.
De 1,544 contribuyentes, 796 corresponden a créditos firmes, 295 a créditos exigibles, 26 a créditos cancelados, 762 a créditos condonados y 5 a sentencias ejecutorias. Los contribuyentes que estén inconformes con la publicación de sus datos, pueden generar su línea de captura para pagar o bien presentar la aclaración.
Por otro lado, se publicaron también 14 contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales cuyas operaciones se consideran definitivamente como inexistentes al no desvirtuar los hechos señalados.
CJF Asesores
Se adiciona la regla 2.8.1.19 Relacionada con la Contabilidad en idioma distinto al Español, menciona la regla que los contribuyentes podrán llevar la documentación que integra su contabilidad, incluida la documentación que ampare operaciones realizadas en idioma distinto al español, y tratándose de devoluciones y compensaciones, el contribuyente podrá presentar la información que ampare sus operaciones en idioma distinto al español siempre y cuando para ambos casos se acompañe de la traducción al español por perito traductor autorizado por autoridad competente.
Se reforman las reglas 5.2.37, 5.2.38, 5.2.39 fracción III, 5.2.40 y 5.2.41 relacionadas con el tema de códigos de seguridad para las cajetillas de seguridad, estas reglas marcan el procedimiento de como y ante quien se tiene que realizar las solicitudes para la generación de estos códigos que tienen que estar en las cajetillas de cigarros. Y también se Adiciona dentro del presente anteproyecto el Anexo XXVI. Anexo 26 que se refiere a códigos de seguridad en cajetillas de cigarros.
Se incluye dentro del artículo tercero la prorroga que brindo el SAT derivado de los problemas técnicos que se presentaron los días 18 y 19 de Mayo para presentar declaraciones a través del sistema de Declaraciones y Pagos tomando como fecha limite de presentación y pago para las declaraciones la del 21 de Mayo.
Se adjunta el archivo completo publicado por el SAT
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/M_3RMRMF_05062015.pdf
CJF Asesores.
15 Marzo de 2013
El pasado 17 de diciembre de 2012 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto a través del cual se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, el cual ofrece en su Artículo Tercero Transitorio la posibilidad de obtener la CONDONACIÓN TOTAL O PARCIAL DE CRÉDITOS FISCALES así como de otras obligaciones tributarias, a continuación nos permitimos mencionar cada una de ellas:
Ejercicio |
Concepto del Adeudo |
% Condonación |
2006 ó Anteriores |
Contribución y Cuotas Compensatorias |
80% |
Recargos, Multas y Gastos de Ejecución |
100% |
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Contribuciones y Cuotas Compensatorias |
100% |
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Recargos, Multas y Gastos de Ejecución |
100% Si fue objeto de revisión en 2009, 2010, 2011 no fue objeto de observaciones o habiéndolas fueron pagadas y se encuentre al corriente en sus obligaciones fiscales |
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Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales distintas a las de pago* |
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2007 a 2012 |
Contribuciones y Cuotas Compensatorias (No aplica para Impuestos Retenidos o Trasladados) |
0% |
Recargos y Multas |
100% |
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Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales distintas a las de pago |
100% |
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2013 |
Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales distintas a las de pago |
60% Si se paga dentro de los 30 días de su notificación |
Es necesario tomar en cuenta que existen varios requisitos con el fin de poder adherirse al programa de CONDONACIÓN uno de estos requisitos es contar con FIEL(Firma Electrónica Avanzada) otro de ellos es que si el crédito fiscal fue impugnado por el contribuyente, deberá desistirse del medio de defensa antes de solicitar la condonación, como otros tantos requisitos.
Para mayor información o asesoría al respecto, quedamos a sus órdenes para poderle brindar la correcta orientación y gestión en su trámite de condonación de créditos y multas fiscales.
ROGELIO MONTEMAYOR
Abogado
CJF ASESORES, S.C
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